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28/11/2024

México busca actualizar norma sobre ruido de aeronaves

Jorge Castellanos / Martes, 13 Febrero 2018 - 09:22
SCT lanza a consulta la nueva regulación que homologa estándares de la OACI

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó ayer 12 de enero un proyecto de Norma Oficial Mexicana (PROY-NOM-036-SCT3-2017) para regular los límites máximos permisibles de ruido producidos por las aeronaves. Se trata de una actualización a la normativa vigente que busca adecuar la regulación nacional con los estándares internacionales en la materia, derivados de la puesta en operación de aviones de nueva generación.

Compuesta por 21 artículos y seis apéndices (los mismos que la NOM actual), la normativa propuesta tiene como objetivo reducir las emisiones acústicas y así evitar efectos negativos en la salud de la población circundante a los aeródromos.

Asimismo, establece los métodos de medición y los requerimientos para que operadores aéreos (tanto nacionales como extranjeros) cumplan con las disposiciones relacionadas con la homologación de ruido, y así sus aeronaves puedan sobrevolar, aterrizar o despegar en territorio mexicano.

“La Política del Gobierno Federal es impulsar la competitividad de la industria aérea nacional hacia mercados donde se tienen limitaciones de ruido, de tal forma que (las aerolíneas mexicanas) puedan operar sin restricción alguna y que nuestra flota aérea se encuentre al nivel que demandan dichos mercados”, señala el prefacio del documento.

De este modo, a partir de hoy comienza el plazo de 60 días naturales para que todos aquellos interesados presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, adscrito a la Dirección General Adjunta de Aviación de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).


Mismos procesos

Entrevistado por A21 sobre la publicación de la regulación propuesta, Francisco Contreras, subdirector de Ingeniería de Normas en la Dirección General Adjunta de Aviación de la DGAC, explicó que la nueva NOM no pretende cambiar los procesos actuales para la certificación de las emisiones de ruido de la flota nacional, sino dar continuidad a los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) , que sirvieron de base para lo establecido en la NOM vigente pero que son revisados constantemente por los Estados miembro de dicha organización.

Particularmente se hace referencia a lo establecido en el Anexo 16 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, Volumen I, que lleva por título "Protección del Medio Ambiente, Ruido de las aeronaves".

Incluso, la propuesta establece que cualquier aeronave que haya obtenido su Certificado de Homologación de Ruido basado en la norma vigente no pasará por requerimientos adicionales, a menos que haya sufrido una modificación que le impida cumplir con los niveles de ruido especificados.

Una vez revisadas todas las observaciones por un consejo consultivo (integrado por representantes tanto de la autoridad aeronáutica como de la industria), vendrá el proceso de normalización y finalmente la publicación de la regulación actualizada.

Cuestionado sobre la tardanza de este proceso, y tomando como referencia el proyecto de la NOM-117 de fatiga de tripulaciones de vuelo, que se puso a consulta desde el 30 de mayo de 2014 y se publicó casi 3 años y medio después, Contreras apuntó: “esperemos que este proyecto salga con mayor rapidez”.

Nuevas aeronaves

Aunque los tipos de aeronaves que abarca el proyecto de NOM son los mismos que en la norma vigente (de ala fija de reacción o propulsadas por hélice y helicópteros), ahora se inserta el concepto de vehículo aéreo de rotor basculante.

Comúnmente conocidos como de despegue y aterrizaje vertical (VTOL por sus siglas en inglés), estos equipos utilizan hélices –a veces combinadas con turbinas– para maniobras de elevación y/o descenso sostenido a baja velocidad. Además, cuentan con perfiles alares no giratorios para la sustentación durante vuelos de alta velocidad.

Finalmente, y en otro lado del espectro aeronáutico, la actualización hace notar que, en el plano internacional, “aún no se han establecido niveles aceptables de estampido sónico”, por lo que es de suponer que la realización de vuelos supersónicos en nuestro espacio aéreo sea todavía una posibilidad remota.

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