El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, presentó ante la Cámara de diputados una iniciativa con proyecto de decreto para modificar la Ley de Aviación Civil, con el objetivo de dar respuesta a los hallazgos que realizó la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA) durante su auditoría a la aviación mexicana.
La propuesta para la reforma busca adicionar disposiciones para lograr uniformidad entre la Ley de Aviación Civil y su Reglamento, el Reglamento para la Expedición de permisos, las Licencias y Certificados de Capacidad del personal técnico aeronáutico, y el Reglamento del Registro Aeronáutico Mexicano, según las normas internacionales.
La iniciativa, centrada en seis áreas, se elaboró con el fin de que México cumpla con las normas y métodos recomendados por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), explicó Alejandro Cobián, abogado especialista de Flores, Olivares, Cobián Abogados y Consultores.
El Ejecutivo propone que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a través de la Agencia Federal de Aviación Civil, ejerza la autoridad aeronáutica en aeropuertos, helipuertos y aeródromos de manera general, ayudándose de los comandantes regionales y comandantes de cada aeropuerto.
En relación con la información que genere o custodie la autoridad aeronáutica en materia de investigación de accidentes o incidentes, la clasificación y acceso a esta deberá ajustarse a lo previsto en la Constitución mexicana, a las leyes General y Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como a los tratados internacionales de los que México sea parte.
Siguiendo con la investigación de accidentes e incidentes, el documento establece que en caso de accidentes, las operaciones de búsqueda y salvamento estarán a cargo de la SCT, sin embargo, los costos directos que se originen por el rescate de la aeronave, por la realización de la investigación, el rescate de las víctimas y sus bienes, la repatriación de los restos mortales, sobrevivientes y la asistencia a los familiares de las víctimas, deberán ser pagados por el concesionario o permisionario, puntualizó el experto.
Respecto a la prohibición a permisionarios y propietarios extranjeros de aeronaves no mexicanas destinadas para uso particular en prácticas de cabotaje en territorio nacional, la autoridad busca que únicamente los permisionarios mexicanos que prestan servicio de transporte aéreo internacional, como taxi aéreo o de fletamento, puedan transportar entre dos o más puntos en territorio nacional a los pasajeros, carga, correo o una combinación de éstos que hayan embarcado en un punto en el extranjero.
Los objetivos de la Ley de Aviación Civil son regular la prestación y desarrollo de los servicios de transporte aéreo que ofrecen las aerolíneas mexicanas, así como la explotación, uso o aprovechamiento del espacio aéreo situado sobre el territorio nacional.
Mientras que los de la AFAC es el desarrollo oportuno, seguro, eficiente, competitivo, permanente y uniforme de los servicios del transporte aéreo promoviendo altos niveles de seguridad de operación, regulación y control.
En el ámbito del transporte aéreo nacional regular, se busca que cada pasajero pueda llevar en cabina, sin pago adicional, hasta dos piezas de equipaje de mano. La propuesta establece que las dimensiones de este equipaje deberán ser de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetro de ancho por 25 centímetros de alto, y su peso no deberá exceder los diez kilogramos.
Por otro lado, se plantea la revocación de la licencia a todo comandante de aeronave que tripule en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o enervantes, o que permita que un miembro de la tripulación de vuelo realice su trabajo bajo los efectos de alguna de ellas.
La auditoría practicada por la FAA inició el 19 de octubre de 2020, y México debe demostrar que cumple con los lineamientos de seguridad aérea requeridos por la OACI. De no hacerlo, los resultados podrían ser desfavorables para la aviación mexicana, a tal grado que nuestro país sea degradado a categoría 2, congelando las operaciones de las líneas aéreas mexicanas, es decir, no habrá incorporación de aviones, no habrá contratos de código compartido, entre otras cosas.
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