Pasar al contenido principal
28/11/2024

Baja Senado multa por pérdida de equipaje

Redacción A21 / Jueves, 23 Marzo 2017 - 13:13

El Senado redujo el monto de la sanción que las aerolíneas deberán pagar por daño o pérdida de equipaje documentado a poco más de 5 mil 600 pesos, comparado con los 16 mil pesos de multa propuesta originalmente por los diputados.

Con 70 votos a favor, el pleno senatorial modificó la propuesta de reforma al artículo 62 de la Ley de Aviación Civil, aprobada con anterioridad por la Cámara de Diputados, que imponía una multa de 200 salarios mínimos por equipaje mal manejado.

“La actualización del monto establecido por concepto de indemnización por la pérdida o avería del equipaje facturado no ha sido motivo de reformas anteriores desde que la Ley de Aviación Civil fue publicada con fecha 12 de mayo de 1995”, se lee en el dictamen de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, aprobado ayer.

En su exposición de motivos, los senadores argumentaron que la legislación aeronáutica vigente ya cuenta con mecanismos de obligación del concesionario o permisionario del transporte aéreo para resarcir o indemnizar adecuadamente al pasajero, “garantizando con ello el resarcimiento del daño causado”.

Asimismo, y de acuerdo con la última reforma al Código Civil Federal, la Comisión señaló que el salario mínimo (actualmente tasado en 80.04 pesos) ya no se debe utilizar como unidad de referencia para determinar la cantidad de una sanción económica.

Por todo lo anterior, determinaron que la multa para las aerolíneas será de 75 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente está determinada en 75.49 pesos.

De igual forma, se aprobó la modificación al primer párrafo del artículo 64 de la mencionada Ley, que refuerza las medidas de indemnización por los daños y perjuicios que resulten de la pérdida del equipaje, al negar el beneficio de limitación de responsabilidad a las aerolíneas si se comprueba que hubo “dolo o mala fe del propio concesionario o permisionario o de sus dependientes o empleados”.

Mismo caso cuando no expidan al pasajero su boleto de vuelo, talón de equipaje, itinerario o guía de carga aérea, según corresponda.

Ahora, la minuta irá de regreso a la Cámara de Diputados.

Facebook comments