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28/11/2024

Competencia y Monopolios

Rodrigo Soto-Morales / Martes, 2 Abril 2019 - 21:08

Twitter: @rsotomorales

Con la multa de la COFECE a Aeroméxico y la extinta Mexicana de Aviación, por “prácticas monopólicas absolutas en el mercado de servicios al público de transporte aéreo de pasajeros con origen y destino en el territorio nacional”, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) multó con 86 millones 190 mil pesos a Aeroméxico.

De igual forma, el pleno de la Comisión resolvió multar a tres personas físicas por un monto total de dos millones 20 mil 972 pesos y habría realizado una acción similar con Mexicana de Aviación con una cifra similar a la de Aeroméxico, si la primera siguiera en funcionamiento. De acuerdo con la investigación (la cual inició en 2015) ambas empresas intercambiaron información desglosada de sus tarifas actuales o futuras para definir el precio base. “Esto lo hicieron a través de múltiples correos electrónicos de cuentas oficiales y no oficiales, mismos que también se utilizaron para monitorear que los participantes en la colusión se apegan a los acuerdos establecidos”.

“Las guerras de tarifas son como los autobuses urbanos; si pierdes uno, habrá otro dentro de 15  minutos” solía decir Carl Quintanilla, reportero de The Wall Street Journal.

Las leyes que buscan evitar prácticas monopólicas buscan proteger contra la avaricia del capitalismo, y aquellos que creen en un “contrato social” o que para vivir en esta sociedad y participar del mercado “hay que atenerse a las reglas”. Lo que defiende es la idea de proteger, tanto como sea posible a cada miembro de la opresión del más fuerte. Y esto también aplica en la industria del transporte aéreo.

Por ejemplo, en Estados Unidos, a pesar de que las aerolíneas han sido económicamente no reguladas desde 1978, las leyes antimonopolios nunca fueron derogadas. Es más, siempre se ha tenido conciencia de que las aerolíneas tienden naturalmente de buscar precios predatorios y a buscar concentrar mercado.

El espíritu que existe pues es el de evitar prácticas engañosas e injustas de competencia. El “poder monopólico” es el poder para controlar precios o excluir a la competencia”. Justo lo que condena la Cofece en el citado caso de Aeroméxico y Mexicana.

La falta de incurrir en una práctica monopólica absoluta de acuerdo con la Ley Federal de Competencia Económica es:

  1. Fijar, elevar, concertar o manipular el precio de venta o compra de bienes o servicios al que son ofrecidos o demandados en los mercados;

  2. Establecer la obligación de no producir, procesar, distribuir, comercializar o adquirir sino solamente una cantidad restringida o limitada de bienes o la prestación o transacción de un número, volumen o frecuencia restringidos o limitados de servicios;

  3. Dividir, distribuir, asignar o imponer porciones o segmentos de un mercado actual o potencial de bienes y servicios, mediante clientela, proveedores, tiempos o espacios determinados o determinables;

  4. Establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en las licitaciones, concursos, subastas o almonedas, y

  5. Intercambiar información con alguno de los objetos o efectos a que se refieren las anteriores fracciones. Las prácticas monopólicas absolutas serán nulas de pleno derecho, y en consecuencia, no producirán efecto jurídico alguno y los Agentes Económicos que incurran en ellas se harán acreedores a las sanciones establecidas en esta Ley, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que, en su caso, pudiere resultar.

Sería práctica monopólica relativa cualquier acto, contrato, convenio, procedimiento o combinación que:

  1. Encuadre en alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 56 de esta Ley;

  2. Lleve a cabo uno o más Agentes Económicos que individual o conjuntamente tengan poder sustancial en el mismo mercado relevante en que se realiza la práctica, y

  3. Tenga o pueda tener como objeto o efecto, en el mercado relevante o en algún mercado relacionado, desplazar indebidamente a otros Agentes Económicos, impedirles sustancialmente su acceso o establecer ventajas exclusivas en favor de uno o varios Agentes Económicos.

Y a diferencia del tema de los slots en el AICM, aquí me parece muy acertada la decisión de Cofece, toda vez que muchas veces un operador que apenas comienza elige no entrar o probar nuevos mercados, ya que ciertas estrategias establecidas por otras aerolíneas hacen difícil en extremo atraer tráfico a otros operadores. Por lo que toda colusión debe ser castigada si se ejercen facultades por parte de la autoridad en términos que no han expirado. Si no se cuida la competencia, tarde o temprano sufren las tarifas y con ellas los pasajeros.

El que la industria aérea ya esté regulada en temas de seguridad y que la autoridad aeronáutica apruebe tarifas (que no regularlas o fijarlas), no quiere decir que los operadores estén exentos de la regulación de competencia económica.

Al final, liberalizar las tarifas ha sido benéfico para ciertos segmentos del consumo público, particularmente para el pasajero que ejerce su discrecionalidad para reservar vuelos por adelantado. Pero la competencia debe permitir que cada vez más personas puedan pagar un boleto de avión, de moto que la industria crezca y con sustentabilidad y certeza. por eso a nadie le conviene que desaparezca del mercado ningún operador.

www.sotmor.com

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