Después de 10 años de guerra, cuando todo parecía perdido para los griegos que sitiaban Troya, diezmados por las batallas y la peste, abandonaron la plaza. Los troyanos por fin se sentían a salvo, pese a las advertencias de Casandra, la vidente que sabía que la ciudad no tardaría en caer. Los griegos se escondieron dentro de un caballo de madera que dejaron a las puertas de la Ciudad, un “regalo” envenenado que los troyanos arrastraron a la plaza principal y dejaron ahí. Al caer la noche, los soldados griegos salieron del caballo y tomaron la ciudad. La primera gran derrota que la historia registra no fue una cruenta batalla donde se impuso el valor o la templanza, sino el engaño.
Pegaso, el caballo alado que semeja un avión, surca hoy los cielos del país y, como el de Troya, trae en sus entrañas a guerreros de Malta que, violando la Ley, han sido autorizados por la Agencia Federal de Aviación Civil para tripular aeronaves en operaciones dentro del territorio nacional, aun cuando la Constitución prohíbe dicha actividad a personas que no sean mexicanos por nacimiento.
Y, sin duda, entre la ingenuidad y la necesidad, aerolíneas cuyas flotas incluyen los motores Pratt & Whitney que deben ser revisados y por lo cual las aeronaves deben ser puestas en tierra, buscan la manera de no afectar sus operaciones, pero realizan arrendamientos húmedos, o sea, rentan aeronaves que incluyen tripulaciones extranjeras.
Se dice que es temporal y sólo por la emergencia y ellos están en lo suyo, ni duda cabe, lo malo es que la autoridad aeronáutica mexicana (AFAC) que acaba de salir de Categoría 2 en que la tenía la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA), por no poder demostrar que supervisa que las aerolíneas mexicanas cumplen la Ley, ahora está autorizando justamente que se viole no sólo la Ley, sino todos los ordenamientos que tienen que ver con tripulaciones aeronáuticas extranjeras que operan rutas en territorio mexicano, incluida la Constitución.
El problema no es esta coyuntura, que bien se podría sortear si los tripulantes mexicanos que tiene contratados la aerolínea en cuestión volaran las aeronaves arrendadas (de todos modos, dice la empresa, les paga su salario y sin más, podría dejar que los pilotos afincados en Malta se queden en tierra o vayan como pasajeros, mientras que los mexicanos operan las aeronaves arrendadas, porque los modelos son familia A320).
El verdadero meollo está en sacar las consecuencias de ésta que parece una “violación menor”. De ella se siguen otras aerolíneas, más arrendamientos húmedos para otras empresas en problemas o incluso para la nonata nueva Mexicana. Y de ahí lo que sea, cuando acuerden estas aerolíneas verán que la ley se viola y ya no pueden reclamar porque permitieron que en su beneficio las autoridades hicieran la vista gorda. Cuando sea en su perjuicio, ¿quién los defenderá?
La Ley es clara. Permite solo en casos excepcionales el arrendamiento temporal de aeronaves extranjeras que no estén en el Registro Aeronáutico bajo la bandera mexicana, pero no incluye tripulaciones. El viejo axioma jurídico se impone: para un ciudadano común, lo que no está expresamente prohibido está permitido. Para una autoridad, lo que no está expresamente permitido, está prohibido. ¿Así o más claro?
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