Pasar al contenido principal
01/12/2024

Lanza Presidencia acuerdo bilateral aéreo entre polémica por slots en AICM

Rosa Náutica / Martes, 1 Marzo 2016 - 23:16
Aeroméxico e Interjet concentran 65% de despegues y aterrizajes

En medio de las reacciones generadas por el dictamen preliminar de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), que revela una alta concentración en sólo dos aerolíneas, de los horarios de aterrizajes y despegues en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (65% entre Aeroméxico e Interjet), el Gobierno de la República remitió al Senado el Acuerdo Bilateral sobre Transporte Aéreo entre Estados Unidos y México, para su ratificación.

Ambas noticias encienden los focos de alerta en el sector. Por un lado, el informe de la Cofece advierte que los mecanismos para asignar aterrizajes y despegues en el AICM generan efectos anticompetitivos que derivan en un incremento de hasta 30% en las tarifas aéreas. Los procedimientos utilizados para asignar pistas, calle de rodaje, ayudas visuales y plataformas provocan falta de competencia, precios elevados y, baja oferta y calidad.

Alta concentración en pocas aerolíneas, baja disponibilidad de horarios que inhiben la entrada de más empresas al mercado y el establecimiento de precios elevados, es el panorama general que presentó Carlos Mena, titular de la Unidad Investigadora de la Cofece y que se empalma con un controversial Acuerdo Bilateral para incentivar el desarrollo de los servicios aéreos entre México y los Estados Unidos, tanto de pasajeros como de carga, en vuelos regulares y de fletamento, al margen del enorme desequilibrio que existe entre las flotas aéreas de uno y otro país

Paradógicamente, el documento dado a conocer ayer profusamente en el Senado de la República señala que el compromiso de ambos países es fomentar y facilitar un sistema de aviación internacional, basado en “competencia de mercado”.

Así, las aerolíneas mexicanas y estadounidenses tendrán la posibilidad de llevar a cabo operaciones, bajo acuerdos de cooperación comercial con aerolíneas del mismo país, del otro país o incluso de terceros países, sin que existan restricciones en el número de aerolíneas, lo cual flexibilizará la operación y planeación comercial de las mismas e incrementará considerablemente su rentabilidad.

El documento generó reacciones luego de que la Cofece reveló que tan sólo en el AICM hay efectos anticompetitivos para aterrizar o despegar; las aerolíneas establecen precios mayores para itinerarios cuando incluyen el AICM; hay falta de reglas claras en la asignación y monitoreo del uso de estos horarios; prácticas, todas, lejanas a la “competencia de mercado” que se pretende impulsar con el acuerdo bilateral sobre transporte aéreo con los Estados Unidos.

Al margen de estas consideraciones, el documento remitido al Senado por el Ejecutivo Federal, establece que ni México ni Estados Unidos podrán imponer un derecho de preferencia, una relación de equilibrio, derechos por la no objeción o cualquier otro requisito con respecto a la capacidad, frecuencia o tráfico incompatibles con los fines del acuerdo.

No limitarán unilateralmente el volumen de tráfico, la frecuencia o regularidad del servicio, los tipos de aeronaves operadas por las líneas aéreas de cada país, excepto cuando se requiera por razones aduaneras, técnicas, operativas o ambientales

Los vuelos regulares de pasajeros tendrán terceras y cuartas libertades sin restricciones, lo que significa que cualquier aerolínea podrá volar entre una ciudad de México y una de los Estados Unidos sin límite de designaciones.

No se incorporan nuevas quintas libertades a las ya existentes, sin embargo se prevé la posibilidad de que, atendiendo al interés público, las autoridades aeronáuticas pudiesen acordar una nueva quinta libertad, analizando cada caso.

Las líneas aéreas designadas podrán efectuar vuelos a través del territorio de la otra parte sin aterrizar; efectuar escalas en el territorio de la otra parte para fines no comerciales y efectuar escalas en los puntos de las rutas acordadas conjuntamente por las autoridades aeronáuticas de ambas partes, para embarcar y desembarcar tráfico internacional de pasajeros, carga y correo por separado o combinados, en el entendido de que se prohíbe expresamente el cabotaje.

En materia de tarifas, las mismas serán fijadas libremente por las líneas aéreas de cada uno de los países, pudiendo establecer oficinas en sus respectivos territorios para la promoción y venta de los servicios de transporte aéreo

De acuerdo con el presidente Peña Nieto, de ser ratificado por el Senado, el acuerdo garantizará la seguridad de las personas e impulsará la conectividad en condiciones que permitan tener una industria del transporte sólida y competitiva, que impulse el desarrollo nacional y contribuya a hacer de México una plataforma logística global.

El mercado aéreo entre México y los Estados Unidos, representa el 70 por ciento en movimiento de pasajeros y el 52 por ciento para el de carga, lo que implica un crecimiento promedio anual del 6 por ciento.

Según cifras de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en 2015 se efectuaron más de 251 mil operaciones de servicio aéreo internacional entre los dos países; 244 mil 800 para servicio regular de pasajeros y 6 mil 268 para el servicio de carga. Se transportaron 25 mil 674 pasajeros y 267 mil 837 toneladas de carga.

Facebook comments