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01/12/2024

Publican requerimientos para operar drones en México

Redacción A21 / Jueves, 14 Noviembre 2019 - 11:17

La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-107-SCT3-2019, que establece los requerimientos para operar un sistema de aeronave pilotada a distancia (RPAS) en el espacio aéreo mexicano.

Dicha norma, que entrará en vigor en los siguientes 60 días naturales, es decir, para el 13 de enero de 2020, establece tanto los lineamientos para operar drones en el espacio aéreo mexicano como las reglas para la comercialización de dichos aparatos en el territorio nacional. 

La Segob clasificó a las aeronaves pilotadas a distancia con base en el peso máximo de despegue: RPAS Micro, que pesan hasta dos kilogramos, RPAS Pequeño, que pesan entre 2 y 25 kilos y RPAS grandes con un peso mayor a los 25 kilogramos.

De igual forma, la autoridad detalló que todos los operadores de RPAS deben mantener una distancia de separación de al menos 9.2 kilómetros de cualquier aeródromo y de 900 metros de cualquier helipuerto. 

Y aquellos RPAS que operen en el área circular comprendida entre los 9.2 y 18.5 kilómetros deberán hacerlo a una altura máxima de 100 metros sobre el nivel del mar. 

Ante esto, la Segob publicó un apéndice informativo con dos listas con la ubicación geográfica exacta de 81 aeródromos (42 y 39), sin detallar por qué la división de la lista.Entre los primeros 42 se encuentran aeropuertos importantes, en términos de flujo de pasajeros como el de México, Cancún, Monterrey y Guadalajara, mientras que en el segundo están terminales menos concurridas como la de Cuernavaca, Chichén Itzá y Pachuca. 

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