Pasar al contenido principal
29/11/2024

Publica DGAC circular obligatoria para acceso a cabina

Jorge Castellanos / Martes, 11 Septiembre 2018 - 12:14

Con el fin de garantizar que sólo personal autorizado tenga acceso a la cabina de pilotos en vuelos de servicio comercial, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) publicó la circular obligatoria CO AV-55/18.

Para fundamentar esta normativa, el regulador citó disposiciones de la Ley de Aviación Civil (LAC), así como de su Reglamento (RLAC) y del Reglamento de Operaciones de Aeronaves Civiles.

La circular se compone de los siguientes numerales:

  1. Procedimiento de acceso a la cabina de pilotos. Establece que, con ciertas excepciones, ninguna persona ajena a la tripulación de vuelo designada de una aeronave puede ocupar asientos de los puestos de mando durante el prevuelo, vuelo y postvuelo.
  2. Jerarquía y sucesión de mando. Ante una situación de ausencia del comandante de la aeronave, los otros miembros de la tripulación podrán sustituir su autoridad en orden sucesivo, empezando por el copiloto y hasta llegar a las/los sobrecargos.
  3. Admisión para viajar en cabina de pilotos. Enlista al personal de la aerolínea y de la autoridad que puede ocupar el asiento de observador (jump seat), excluyendo a pilotos en entrenamiento y sus asesores, quienes solo accederán a este derecho si los manuales de operación (aprobados por DGAC) así lo indiquen.
  4. Procedimiento anormal o de emergencia. Que reafirma la autoridad del capitán en todo momento, a menos de que éste requiera abandonar la cabina de vuelo, previa designación de su suplente en los controles.

En un quinto y último numeral solamente se refiere a las sanciones dentro de la legislación aeronáutica (LAC), a que se pueden hacer acreedores aquellos elementos del personal aeronáutico que no se apeguen a la normativa.

La CO AV-55/18 entró en vigor hoy 11 de septiembre y las aerolíneas tienen un plazo de 30 días (no se especifica si naturales o hábiles) para incorporar estos lineamientos en sus respectivos manuales de operación.

Esta medida ya había sido anticipada por Luis Gerardo Fonseca, titular de DGAC, en la conferencia del pasado 5 de septiembre, cuando se presentaron los avances de la investigación del accidente del vuelo 2431 de Aeroméxico Connect.

Según la reconstrucción de las grabadoras de voz en cabina, aquel 31 de julio la tripulación de vuelo del Embraer 190 ejecutó una sesión de entrenamiento no autorizada a un piloto sin licencia, quien inició los procedimientos de despegue mientras ocupaba el asiento del copiloto.

La aerolínea despidió a los pilotos al mando y emitió sus propios lineamientos de acceso a cabina, un día después de que la autoridad diera a conocer estos hallazgos.

Facebook comments